Para su cumplimiento basta con que el solicitante proporcione su clave en el RFC sin que sea necesario dar ningún otro dato, para que el CFDI se entregue por su emisor en el momento de realizar la operación (regla 2.7.1.47., RMISC 2020).
Cuando el receptor de los bienes o servicios no entrega al emisor, su clave del RFC por no contar con ella, pero requiere el CFDI respectivo, aquel debe emitirlo con la clave genérica que contenida en la regla 2.7.1.26. de la RMISC 2020: XAXX010101000
Si el CFDI no se entrega en el momento en que se realiza la operación, puede solicitarse su expedición conforme a la regla 2.7.1.36. de la RMISC 2020, dentro del mes que corresponda su operación.
Fuente: IDConline