Bajas en el IMSS por muerte del patrón
La muerte de un patrón puede tener un impacto significativo en la seguridad social. Descubre cómo gestionar los avisos afiliatorios aplicables a esta situación
Ante la necesidad de gestionar la baja de un trabajador en el IMSS por el fallecimiento de su patrón, es crucial entender quién debe encargarse de este proceso y cómo debe hacerlo. De ahí que a continuación, se proporcione información valiosa para llevar a cabo este trámite sin contratiempos.
Los avisos de baja deben notificarse al Seguro Social en un plazo de cinco días hábiles a partir del cese laboral. En el caso de la muerte del empresario, es el albacea quien asume esta responsabilidad y la gestión se realiza una vez que se dé aviso a la autoridad laboral de la terminación colectiva(arts. 15, fracc, I, Ley del Seguro Social (LSS); 57, primer párrafo, Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización (RACERF); 435, fracc. I, LFT y 1706, Código Civil Federal).
Para tales efectos, el albacea deberá presentar una solicitud por escrito en la subdelegación correspondiente al domicilio del registro patronal (RP), la cancelación del RP y las bajas retroactivas del personal por la muerte del empleador, adjuntando la documentación soporte correspondiente —aviso de terminación colectiva al Tribunal Laboral y acta de defunción del empleador—.
Es importante precisar que el personal de algunas subdelegaciones comentan que si los familiares o el albacea disponen de la firma electrónica o el certificado digital del patrón fallecido, tiene la opción de gestionar las bajas de la plantilla laboral a través del portal IMSS Desde su Empresa (IDSE), señalando la opción “Otras” como la causal de baja.
Cómo dar de baja a un trabajador en IDSE
Al concluir un vínculo laboral, el patrón tiene el deber de comunicar la baja del colaborador en el IMSS Desde su Empresa (IDSE), para ello, debe atender el siguiente proceso:
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ingresar a la plataforma https://idse.imss.gob.mx/imss/ IDSE y adjuntar su Certificado digital, capturar el Usuario y la Contraseña respectivos y pulsar Iniciar sesión
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dentro del sistema, ubicar el apartado Movimientos Afiliatorios y dar clic en Captura y envía tus movimientos aquí
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en el rubro Tipo de movimiento escoger la opción Baja, llenar los datos del asegurado —Número de Seguridad Social y nombre completo—; seleccionar la Causa de la baja —término de contrato; separación voluntaria; abandono de empleo; defunción; clausura; otras; ausentismo; rescisión de contrato; jubilación y pensión—, e indicar la Fecha del movimiento y oprimir Agregar
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marcar el rubro ID verificando que los datos visibles en el sistema sean correctos y dar clic en Enviar, y
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cargar nuevamente el Certificado Digital y la Contraseña, y pulsar el botón Firmar para que el sistema arroje el acuse de recibo correspondiente
Finalmente, para obtener información más detallada sobre las diligencias laborales y de seguridad social a seguir ante el deceso del empleador, le invitamos a consultar los artículos "Pago a trabajadores por muerte del patrón" y "¿Qué pasa tras la muerte del patrón?", próximamente disponibles en las secciones de laboral y seguridad social de la revista digital número 540 del 15 de septiembre de 2023.
Fuente: idconline.mx